La Corte Suprema coincide con el gobierno en la demanda de energía renovable

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El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a aprobar la reforma eléctrica impulsada por el PP, el gobierno que ha abogado por la reducción masiva de las energías renovables en nuestro país. El 5 de septiembre, la Corte Suprema desestimó el recurso. 25 sistemas fotovoltaicos Castilla-La Mancha interpuso contra la ordenanza de 2014.

La Corte Suprema considera que el cambio de reglas no violó principios constitucionales Efecto no retroactivo ni la seguridad jurídica que afirman los afectados, por lo que no tienen derecho a indemnización.

CIADI

Esta decisión se produce pocos meses después del golpe que el CIADI, el Tribunal de Arbitraje del Banco Mundial, infligió a España el pasado mes de mayo. Que yo sé Estoy comentando en este sitio webEl tribunal aprobó el Fondo Eiser y dio órdenes al Reino de España compensarlo con 128 millones de euros (algo más de la mitad de los 300 que reclamó).

El CIADI consideró que España había violado la Carta de la Energía al negar a Eiser un trato justo y equitativo. Este tratado internacional de 1994 establece que los estados deben Cumplir con las condiciones estable para inversiones de otros países. En España, sin embargo, los tribunales siguen estando de acuerdo con el gobierno.

El gobierno de Mariano Rajoy justificó su reforma eléctrica con la urgente necesidad de incrementar el déficit tarifario. Después de este cambio regulatorioLos inversores provocaron una oleada de quejas. Los productores habían invertido citando la rentabilidad de estas primas, que estuvieron vigentes entre 2006 y 2012. Lamentablemente, solo los inversores extranjeros pueden participar en el arbitraje internacional.

Varias administraciones públicas denunciaron los hechos al Tribunal Constitucional. Y miles de productores apelaron a la Corte Suprema, a la vía administrativa, a la considerar ilegal que el gobierno cambiará las condiciones bajo las cuales planificó sus inversiones. Lo que reclaman es el daño patrimonial que les ha resultado no mermar su rentabilidad, sino la imposibilidad de pagar las facilidades realizadas a crédito.

En este caso, los productores apelaron contra el real decreto de 2014 que desarrolló una norma anterior de 2013 que regía la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables.

Corte Suprema

Hasta el momento, el Tribunal Supremo ha aprobado la reforma del PP en al menos seis sentencias. También la Constitución, que en 2015 afirmó que los ajustes se debieron a las difíciles circunstancias que afectan a todo el sector y la necesidad de equilibrio económico. En esta última oración de la sección tercera de la sala controvertida, los jueces recuerdan la Decisión constitucional y también se niegan a tener en cuenta el precio CIADI exigido por la defensa de los fabricantes porque «el presente recurso se lleva a cabo bajo la aplicación del derecho español y comunitario, sin el régimen resultante del sometimiento voluntario de determinados sujetos y Estados a un determinado arbitraje «.

Votación privada

La sentencia, de la que José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat es ponente, cuenta con dos votaciones separadas. En el primer caso, el juez Eduardo Espín Templado señala que el recurso de apelación debió haber sido concedido por «efecto retroactivo ilegal por violación de los principios de seguridad jurídica y legítima confianza». El segundo es de María Isabel Perelló Doménech muy poderoso: “No es fácil imaginar una violación más evidente del principio de seguridad jurídica que apuntar a un sector económico tan regulado […]Adoptar decisiones empresariales de mayor trascendencia, incluida la continuidad en el desempeño de la actividad, sin conocer la normativa legal y económica que les sea de aplicación. «

Según el abogado de los productores, José Manuel Minaya, asegura que «la mayoría de plantas con 100 kW de potencia» han perdido hasta el 50% de la rentabilidad y que en algunos casos trabajar de forma rentable 0 o negativo. También asegura que «algunos negocios están condenados a cerrar».

Como se menciona en otros artículos, todavía hay alrededor de 30 procedimientos arbitrales pendientes en nuestro país en el CIADI, que incluyen recortes de primas para energías renovables. aplicado desde 2010. Si iban en la misma dirección que en mayo pasado, el estado tendría que pagar cientos de millones en compensación a los inversores extranjeros.

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